VIV IANA M OR A LES N AR ANJO
LOS DELITOS CONTRA
EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
El aterrizaje de los derechos de la naturaleza
en el derecho penal ecuatoriano
CORPORACIÓN DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES
Quito, 2021
CORPORACIÓN DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES (CEP)
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
Viviana Morales Naranjo
Revisión
Departamento Jurídico Editorial - CEP
Diagramación
Departamento de Diagramación - CEP
Impresión
Talleres - CEP
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En trámite.
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1000
Primera. Agosto 2021.
Quito - Ecuador
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La versión original del texto que aparece en este libro fue sometida a un proceso
de revisión por pares modalidad de ‹‹doble ciego››, conforme a las normas de
publicación de esta editorial.
Dedicatoria
A las defensoras y defensores de la naturaleza,
porque cada aleteo de una mariposa termina por sentirse
al otro lado del mundo, en el mundo entero.
Agradecimiento
A la Universidad de Bremen y a la Corporación de Estudios y Publicaciones
por permitirme dar vida a esta publicación.
Índice
Dedicatoria
Agradecimiento
Prólogo
Introducción
5
7
13
23
Capítulo I
AVANCES Y DESAFÍOS DOGMÁTICOS
PARA LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Y LA NATURALEZA
El Derecho Penal Ambiental: una mirada desde el
constitucionalismo ecocéntrico y biocéntrico
1.1. El aterrizaje de la criminología verde en Ecuador
1.2. La teoría del riesgo desde una perspectiva penal ambiental
1.3. La historia penal ambiental en Ecuador
1.4. La constitucionalización de los delitos contra el
ambiente y la naturaleza
1.5. Las características del derecho penal ambiental a la luz
del derecho constitucional
2. El bien jurídico protegido en los delitos contra el ambiente y
la naturaleza
2.1. La naturaleza como bien jurídico bifurcado
2.2. El fin que persigue el derecho penal ambiental
2.3. Las normas que deben anteceder a la tipificación de los
delitos ambientales
3. Las nuevas instituciones del Derecho Constitucional
Ambiental y su aterrizaje en el Derecho Penal
3.1. La pertinencia de la responsabilidad objetiva ambiental
en materia penal
3.2. La inversión de la carga de la prueba
1.
27
27
31
34
36
37
43
45
48
50
52
52
55
10
VIVIANA MORALES NARANJO
3.3. La imprescriptibilidad de los delitos ambientales
57
3.4. La reparación integral de los daños al ambiente y la
naturaleza en materia penal
Las imbricaciones entre Derecho Penal y Derecho
Administrativo sancionador
4.1. El derecho penal como derecho accesorio al derecho
administrativo
4.2. Las debilidades del derecho administrativo para
sancionar conductas ambientales
4.3. El bien jurídico protegido en el derecho administrativo
sancionador y en el derecho penal
4.4. La violación al principio Non bis in ídem en los tipos
penales ambientales
5. Las Leyes Penales en blanco en materia ambiental
5.1. Los conceptos ambientales autorizados por la ley penal
en blanco
5.2. Las leyes penales en blanco en el derecho comparado
5.3. Las leyes penales en blanco: ¿Una violación al principio
de legalidad?
6. Las diversas tipologías de los delitos contra el ambiente y la
naturaleza
6.1. Los delitos ambientales ¿delitos de peligro o de lesión?
6.2. El concurso real e ideal de delitos
6.3. Los delitos conexos
6.4. La problemática de los delitos compuestos
6.5. Los delitos continuados y permanentes
7. El dolo en materia ambiental
7.1. El conocimiento como elemento objetivo del dolo
7.2. El error de tipo como elemento que imposibilita la
configuración del dolo
7.3. El error de tipo por desconocimiento de las leyes
penales en blanco
59
4.
83
83
84
85
90
94
95
99
100
102
102
113
117
118
119
121
124
125
129
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
7.4. El error de prohibición en materia ambiental
7.5. El error en la comprensión culturalmente condicionada
7.6. Los delitos culposos en materia ambiental
Responsabilidad penal de la persona jurídica por el
cometimiento de delitos ambientales
8.1. La pertinencia de la culpa y el dolo como fundamentos
de la responsabilidad de la persona jurídica
8.2. Los delitos de omisión dolosa cometidos por la
persona jurídica
8.3. La concurrencia de la responsabilidad de personas
físicas y jurídicas
8.4. Los delitos en los que cabe la responsabilidad penal de
la persona jurídica
8.5. El hombre de atrás: los autores mediatos de la infracción
8.6. La diferencia entre las personas jurídicas que incumplen
la normativa y las redes de criminalidad
9. El ecocidio como delito ambiental internacional
9.1. Bien jurídico protegido internacionalmente
11
130
133
138
8.
140
146
152
153
156
157
159
161
165
Capítulo II
LOS TIPOS PENALES CONTRA EL AMBIENTE
Y LA NATURALEZA: ANÁLISIS NORMATIVO
Y JURSIPRUDENCIAL
10. Delitos contra la biodiversidad
10.1. Delito de Invasión de áreas de importancia ecológica
10.2. Delito de Incendios forestales y de vegetación
10.3. Delitos contra la flora y fauna silvestres
10.4. Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional
169
169
181
195
216
11. Delitos de acción privada contra animales que forman parte
del ámbito para el manejo de la fauna urbana
11.1. Los delitos contra animales como delitos de
acción privada
228
228
12
VIVIANA MORALES NARANJO
11.2. Lesiones a animales que formen parte del ámbito de la
fauna urbana
11.3. Abuso sexual a animales que forman parte del ámbito
de la fauna urbana
11.4. Muerte a animal que forma parte del ámbito de la
fauna urbana
11.5. Peleas o combates entre perros u otros animales de
fauna urbana
11.6. Abandono de animales de compañía
11.7. Maltrato a animales que forman parte del ámbito de la
fauna urbana
12. Delitos contra los recursos naturales
12.1. Delitos contra el agua
12.2. Delitos contra suelo
12.3. Delito de contaminación del aire
13. Delitos contra la gestión ambiental
13.1. Delito de gestión prohibida o no autorizada de
productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas
13.2. Delito de falsedad u ocultamiento de información
ambiental
14. Delitos contra los recursos naturales no renovables
14.1. Delitos mineros
14.2. Delitos contra la actividad hidrocarburífera,
derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y
biocombustibles
231
272
279
279
296
313
329
Anexos
Fases del proceso penal en caso de delitos ambientales
441
441
Bibliografía
443
247
257
260
268
329
346
362
362
390
Prólogo
Escribir el prólogo de un libro constituye un alto honor y una enorme
responsabilidad para el depositario de dicho encargo. En primer término,
es considerado un honor, ya que la mera designación de parte de un/a
autor/a para prologar su obra, se traduce en un voto de confianza. En
este caso en particular, me honra ser quien presente una obra de altísima
calidad técnica, fruto de una profunda y rigurosa investigación en un área
poco o nada explorada en las ciencias jurídicas en el Ecuador, “Los delitos
contra el ambiente y la naturaleza”, de la autora Viviana Morales Naranjo.
Viviana Morales Naranjo, es una joven investigadora ecuatoriana que,
desde sus inicios en la academia, ha tenido un compromiso con la sociedad a través de su dedicación en los temas de medio ambiente y derechos
de la naturaleza. La autora de esta obra, es de las pocas abogadas que
le ha apostado a un tema que dentro de las ciencias jurídicas no ha sido
prioridad en las mallas de estudio ni en la labor profesional, pero que en
los últimos años ha cobrado una relevancia sin precedentes, debido a la
crisis ambiental mundial en la que vivimos.
En segundo término, quien prologa una obra, tiene la enorme responsabilidad de dar la pauta de entrada de la misma, de presentar lo más
relevante, interesante, crítico, y representativo de la obra, para con ello,
llamar la atención del lector y seducirlo a profundizar en su estudio. Un
hecho que quizá contribuye a este último punto, es que la autora se ha
ganado el prestigio académico a nivel nacional e internacional como una
investigadora especialista en su materia.
La importancia de esta obra radica, en el hecho de que, en la actualidad,
todos los países enfrentan el reto de superar los fracasos de proteger
al medio ambiente y los derechos de la naturaleza en forma adecuada,
pues, una débil reacción normativa y política en los ámbitos nacional e
internacional ha provocado el sometimiento de esos derechos ante la
14
VIVIANA MORALES NARANJO
economía e intereses de corporaciones. Sobre este aspecto, la encíclica
del “Laudato Si” del Papa Francisco, afirma que no pueden prevalecer
los intereses de grupos económicos por sobre las fuentes de vida, que
hacen falta más controles para evitar daños irreparables a la naturaleza, y
el camino a lo que denomina “un suicidio ecológico” del planeta. Sobre
dichos controles, en materia normativa, la presente obra presenta contenidos analizados de forma técnica, profunda y detallada.
Respecto de los contenidos de la obra, esta se divide en dos capítulos
bien concebidos y ordenados sistemáticamente de principio a fin, los
cuales revisaremos brevemente a continuación, no sin antes destacar que
su orientación sale de los formatos positivistas tradicionales y propone
un estudio interdisciplinar entre los derechos ambientales, los derechos
de la naturaleza y las ciencias penales.
Partiendo con el capítulo I, se introduce la obra con el análisis de “los
avances y desafíos dogmáticos para los delitos contra el ambiente y la
naturaleza”, aquí la autora parte desde el análisis del derecho penal ambiental en sus enfoques principales: el constitucionalismo ecocéntrico y
el biocéntrico. Un análisis desde la criminología y desde la teoría del riesgo desde la perspectiva ambiental, es concebida al enfrentar el derecho
del mercado y la comercialización de lo ecológico frente a los riesgos
ocultos en contra de la naturaleza y el medio ambiente. Con una soporte
estadístico en lo que respecta a procesos penales se muestra la necesidad
del estudio y desarrollo de una criminología verde o ecológica, como la
base de la identificación y tipificación de nuevas conductas que merecen
ser tuteladas por el derecho penal. Uno de los puntos fundamentales de
este capítulo, es la sistematización del desarrollo histórico del derecho
penal ambiental en el Ecuador desde el año 1976 hasta la actualidad, tarea original y única que no se encuentra en ninguna otra publicación, en
especial, desde su enfoque constitucional.
En una segunda sección del primer capítulo, es de interés revisar el sustento argumentativo usado para identificar el bien jurídico protegido en
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
15
los delitos contra el ambiente y la naturaleza. Sobre este acápite, la autora no solo se remite al análisis del fin del derecho penal ambiental y del
bien jurídico protegido, sino que propone la revisión de normas como
antecedente remoto de la tipificación de los delitos ambientales con el
fin de lograr su eficacia en el mundo jurídico. Se destaca en esta parte,
el buen uso del marco teórico de autores de mucha relevancia en el área
penal y su combinación con la construcción legislativa de la protección
ambiental producida en la Constitución ecuatoriana de 2008, la cual en
su artículo 71 recoge la protección de la “naturaleza o Pacha Mama”, de
sus ciclos vitales y estructura, y de su respeto por parte de sujetos individuales y colectivos. Llama la atención en esta sección, la denominación
de “bien jurídico bifurcado” a aquella tipificación de delitos en el Código
Penal Ecuatoriano, que establece tipos penales con enfoques tanto atropocéntricos (vida humana y salud); como con enfoques ecocéntricos
(protección de áreas protegidas); y, hasta con enfoques biocéntricos, en
lo que respecta a la protección de animales de fauna urbana.
En la tercera sección del primer capítulo, encontramos una propuesta
dogmática muy profunda y técnica en lo relativo a las instituciones del
derecho constitucional ambiental y las relaciones existentes con el derecho
penal, no solo respecto de su pertinencia, sino desde el punto de vista
procesal en lo relativo a la carga de la prueba, e incluso desde la reparación integral de los daños al ambiente y la naturaleza, como consecuencia del cometimiento de infracciones penales. Aquí se retoma el análisis
histórico de los Códigos Penales e incluso del Código Civil en lo atinente
a la responsabilidad penal subjetiva hasta llegar al cambio de paradigma
en la teoría penal objetiva o denominada de riesgo, en especial, desde la
óptica constitucional ambiental, y administrativa ambiental. Se analiza
además los problemas prácticos que enfrenta la Fiscalía para determinar
la responsabilidad de los sujetos activos de la infracción, ya que dicha
institución busca probar la responsabilidad desde la teoría subjetiva. Lo
más interesante, es el aporte e identificación de la “inversión de la carga
de la prueba” determinada en el art. 397 de la Constitución, respecto de
los potenciales daños ambientales producidos. En la parte atinente a la
16
VIVIANA MORALES NARANJO
reparación integral, se analizan sus aristas desde la remediación y restauración, hasta la compensación e indemnización, las garantías de no
repetición y las medidas de satisfacción.
En la cuarta sección del primer capítulo, el lector podrá revisar otra novedad en lo que tiene que ver con el carácter interdisciplinar de la obra,
pues la investigadora con muchísima precisión y sobriedad en su redacción, muestra los puntos de conjunción entre el derecho penal y el derecho administrativo sancionador, verificando tantos sus fortalezas como
debilidades, así como su carácter complementario. Se revisa la función
accesoria del derecho penal sobre el derecho administrativo, destacando
cada una de sus particularidades y diferencias, en especial respecto de el
bien jurídico protegido, sus procedimientos y sus sanciones. Se finaliza
con la interrogante respecto a las vías más eficaces para evitar daños en
materia ambiental y su efectiva reparación, dejando abierta la respuesta, para que el lector o el litigante experto decida la vía más eficaz en el
caso concreto.
En la quinta sección del primer capítulo, la autora con mucha destreza
alerta sobre el riesgo de violar el principio de legalidad a causa de la tipificación de los delitos ambientales con tipos penales en blanco, no solo
en la legislación ecuatoriana sino en el ámbito del derecho comparado.
Se destaca en esta sección, la necesidad de no tipificar de forma taxativa
las infracciones en casos de delitos contra la naturaleza o el medio ambiente, debido a la dificultad que implica una numeración taxativa de las
especies de fauna y flora a proteger, ello implicaría según la autora una
“petrificación” de la ley penal en esta materia. Es interesante encontrar
que este análisis sobre los tipos penales en blanco en materia ambiental
y de la naturaleza, puede significar una cobertura o protección mayor de
todas las especies silvestres y animales, lo cual evitaría posibles resquicios por parte de sujetos activos que se aprovechan de vacíos legales para
cometer infracciones. Se finaliza esta parte, con un buen análisis crítico
de la violación al principio de legalidad o no, en el caso de tipos penales
en blanco en materia ambiental.
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
17
En la sexta sección del primer capítulo, se realiza un análisis de la diversa
tipología de los delitos del ambiente y la naturaleza, y de cómo éstos están
concebidos en nuestra legislación, sea por el daño que producen, su conexidad con otros delitos, y respecto de los efectos en el tiempo (delitos
continuados o permanentes). Se retoma en esta sección, la discusión de
la teoría de la sociedad de riesgo en el mundo y sus avances científicos y
tecnológicos en el marco del fenómeno de la globalización. Se presenta
con mucha claridad un cuadro que identifica los delitos de peligro abstracto y los delitos de lesión tipificados en el Código Integral Penal del
Ecuador (COIP), además de aportar con la descripción de los delitos de
peligro concreto, destacando sus elementos propios y sus diferencias.
También se analiza lo relativo al concurso real e ideal de los delitos, la
conexidad entre los delitos, la problemática de los delitos compuestos, y
finalmente, se describen los delitos continuados y permanentes.
En la séptima sección del primer capítulo, se analiza todo lo relativo a la
responsabilidad penal tanto por dolo como por culpa. Se describe al dolo
en materia ambiental y su configuración, y, adicionalmente, se revisan el
error de tipo, el error de prohibición y el error de comprensión culturalmente condicionada. Sobre estos temas, la autora destaca la importancia de
identificar el grado de conocimiento del sujeto activo de la infracción respecto del hecho punible cometido, y de las circunstancias que lo llevaron a
cometer dicha conducta, así como de los riesgos de dicho comportamiento.
Las dos últimas secciones de este capítulo, ocho y nueve, se reservan
para el estudio de dos temas que han dejado de ser propuestas teóricas y
temas de debate académicos para convertirse en realidades normativas a
nivel nacional e internacional, y que tienen que ver con la responsabilidad
penal de las personas jurídicas en el cometimiento de delitos ambientales
y el denominado ecocidio ambiental. Estos capítulos, despejarán toda
duda al lector respecto de la protección del medio ambiente y derechos
de la naturaleza desde el ámbito internacional, tanto público como privado. La autora revisa el desarrollo histórico de estos tipos penales en la
legislación ecuatoriana, desde el aparecimiento de la responsabilidad de
18
VIVIANA MORALES NARANJO
las personas jurídicas en la Constitución de 1998 y su tipificación en el
COIP en el año 2014, en el marco de los avances en España y Francia.
Se muestra un cuadro, en el que se reflejan las multas de carácter administrativo y las multas penales como consecuencia de infracciones en
contra del bien jurídico naturaleza y medio ambiente. Otro aspecto de
trascendencia en esta sección, es el análisis de la dimensión internacional
del derecho ambiental, la tipificación de delitos a nivel transnacional por
ser considerados como parte de “delincuencia organizada internacional
o transnacional”. Finalmente, se revisa la concurrencia de responsabilidad entre personas físicas y personas jurídicas, aquí se presentan varios
casos internacionales respecto de la responsabilidad penal de empresas
juzgadas en los Estados Unidos.
El capítulo dos de la obra describe con mucho detalle todo lo relativo
a los tipos penales en contra del ambiente y de la naturaleza, desde un
enfoque normativo y jurisprudencial, con lo cual se muestra la teoría y
la práctica judicial en dicha materia. Se pone de manifiesto la importancia de proteger la biodiversidad en el mundo, tomando en cuenta que el
Ecuador es uno de los países con mayor mega diversidad por sus especies
endémicas, hábitats en relación a su extensión territorial.
En la sección diez del capítulo dos, la autora detalla de forma precisa y
ordenada todos los delitos en contra de la biodiversidad, empezando con
los delitos denominados de invasión de áreas de importancia ecológica,
los delitos de incendio forestal, los delitos contra la flora y fauna, hasta
llegar a los delitos en contra del patrimonio genético nacional. Se analizan los elemento del tipo penal en el caso de la protección de áreas como
parques nacionales, reservas marinas, reservas ecológicas, reservas biológicas, reservas de producción de flora y fauna, refugios de vida silvestre,
reservas geobotánicas, y ecosistemas frágiles. Se retoma el debate de los
delitos penales en blanco y sus efectos, y se citan varias sentencias, entre
ellas, una sentencia del cantón Rumiñahui sobre la caza de venados en
la reserva ecológica del Antisana, como un precedente importante en la
protección del medio ambiente.
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
19
En este capítulo, también se encuentra la sección once de la obra, la cual
continua con el análisis de los tipo penales, pero está vez en contra de los
animales como sujetos pasivos de las infracciones penales. Es así como se
describe el tipo de lesiones y abusos que pueden sufrir los animales y la
responsabilidad penal de los sujetos activos del dichos delitos, incluyéndose tipos penales como el uso de animales para combates, el abandono
de animales, y su maltrato. En esta parte, la autora critica que los delitos
y contravenciones contra los animales sean considerados como delitos
de acción privada, tomando en cuenta que la protección del ambiente es
de carácter público. Se recuerda el deber estatal de promover políticas
públicas que incentiven a las personas naturales y jurídicas a proteger la
naturaleza y todos sus ecosistemas. Un aporte importante en toda la obra
y en esta parte en específico, sigue siendo el análisis del desarrollo histórico de los tipos penales relacionados con el maltrato animal. También
se complementa el estudio con la revisión del derecho administrativo
sancionador relativo a la protección animal.
La sección doce del capítulo dos, integra tres temas de actual vigencia
y de necesario estudio como son: los delitos contra el agua, los delitos
contra el suelo, y los delitos de contaminación del aire. Sin duda esta
sección, destaca la importancia de proteger al agua como un derecho
fundamental y de implementar todo tipo de garantías normativas y procesales para lograr dicho objetivo. Se muestra con cifras de organismos
internacionales el hecho de que un 30% de la población mundial no
puede acceder al agua de forma segura, lo cual produce consecuencias
serias en la salud y en la vida de las personas, pues se estima que entre tres mil y cuatro mil niños mueren al día por falta de agua potable.
También se afirma que en el Ecuador existe una triple protección al derecho al agua, pues la Constitución la estipula como un derecho humano, como un medio de garantizar los derechos de la naturaleza, y como
parte de un sector estratégico del ámbito económico. Adicionalmente,
se revisa la importancia actual en el ámbito del derecho internacional
público, como parte de los objetivos de desarrollo sostenible -ODS, de
Naciones Unidas.
20
VIVIANA MORALES NARANJO
La sección trece del libro, hace una análisis especializado de los delitos
mineros como aquellos delitos en contra de los recursos no renovables.
Se analizan delitos por la gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas que producen daños en
el medio ambiente. Como es constante en esta obra, la autora nos ilustra
los distintos tipos penales de esta sección con casos reales ocurridos en el
país. No se deja de lado el análisis del derecho administrativo sancionador
respecto de los delitos mineros, y alerta al lector de que este es un ámbito
complementario y eficaz para la adecuada protección del ambiente. En
esta parte es importante la descripción de las auditorías y diagnósticos
ambientales como evidencia del grado de cumplimiento y observancia
por parte de los operadores ambientales, también se revisa lo relativo a
los permisos y licencias ambientales, su aprovechamiento y sus límites.
Finalmente, el capítulo dos, nos muestra la última sección de la obra. La
sección catorce revisa todo lo relativo a la actividad hidrocarburífera,
derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y biocombustible.
Ese sección revisa todo el desarrollo histórico de la actividad petrolera
con relación al medio ambiente, las implicaciones de las actividades de
explotación y los impactos en las zonas de gran biodiversidad. También
se combina el análisis del derecho penal con el derecho administrativo
sancionador. En esta parte, se encuentra una gran cantidad de resoluciones y normas relativas a la explotación ambiental, así como sentencias de
la Corte Constitucional ecuatoriana relativas al comiso de bienes, y otras
sentencias de jueces de lo penal que sirven de precedente en los tipos
penales analizados. En la parte de anexos, como corolario, pero como
complemento a esta investigación, la autora aporta con los elementos
procesales necesarios para el litigio en materia ambiental, mostrando las
fases del proceso en el caso de delitos ambientales.
De todo lo relatado de forma muy sucinta, se puede concluir que la obra
es bastante completa en lo que se refiere al análisis pormenorizado de los
delitos en contra del medio ambiente y de la naturaleza, su enfoque es
único, ya que le permite al lector tener una idea global y multidisciplinar
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
21
de cada uno de los temas aquí abordados. Sin duda, este trabajo, se convertirá en un referente no solo a nivel nacional sino internacional en lo
relativo al análisis dogmático y casuístico de los tipos penales ambientales.
Su lectura sencilla y clara permite al neófito del derecho penal, constitucional o administrativo empezar un estudio desde la base conceptual de
cada materia y sus estrechas conexiones relativas a los temas ambientales
y de derechos de la naturaleza.
Como un lector, un académico e investigador del mundo del derecho, me
permito recomendar la presente obra para la lectura, la consulta y el uso
en el litigio estratégico en material ambiental, ya que dota de las herramientas principales que necesita un abogado en libre ejercicio, un estudiante del derecho, o un académico para solventar sus dudas. Agradezco
a la autora no solo por permitirme realizar el presente prólogo, sino por
darme la primicia en la lectura de su texto, que desde mi punto de vista
resultó muy enriquecedor y placentero. Le auguro el mejor de los éxitos
profesionales a Viviana Morales Naranjo, estoy convencido de que su
aporte académico será muy valorado dentro de la comunidad científica internacional.
¡En hora buena por este singular y original aporte!
Alex Iván Valle Franco
Docente e investigador jurídico
Quito, 10 de julio de 2021
Introducción
Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, lo que implica que hay un ordenamiento jurídico en el que los poderes públicos
–legisladores, jueces y planificadores de políticas públicas– están obligados, tanto formal como materialmente, al cumplimiento de los principios
y derechos reconocidos en la Constitución y al respeto irrestricto de la
división de funciones.1 La Carta Magna ecuatoriana marcó un hito jurídico mundial al consagrar principios como la igualdad de los derechos
constitucionales2 y su directa aplicación por parte de cualquier servidor
público.3 Además, la Constitución se caracteriza por reconocer derechos
novísimos como los derechos colectivos de los pueblos indígenas y los
derechos de la naturaleza.
Desde el punto de vista jurídico, hasta antes del año 2008, la naturaleza era vista únicamente como un medio para garantizar derechos
humanos como el derecho a la salud o el derecho a vivir en un ambiente sano. Tras una lucha histórica por parte del Movimiento ecuatoriano en defensa de la naturaleza conformado por el Movimiento
indígena, campesinos, animalistas y ecologistas, finalmente en 2008,
convergió la coyuntura política y jurídica para que la Constitución de
Montecristi incluya una disposición que reza: “La naturaleza o Pacha
Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se
respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración
de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos(...).
1
2
3
Luigi Ferrajoli, “Pasado y futuro del Estado de Derecho”, en Neoconstitucionalismo(s), ed
Miguel Carbonell, (Madrid: Trotta, 2003), 13.
Ecuador, CRE, art. 11#6: Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables,
indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.
Ecuador, CRE, art. 11#3: Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación
por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a
petición de parte.
24
VIVIANA MORALES NARANJO
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a
todos los elementos que forman un ecosistema”.4 Además, la norma
suprema ratifica que el Estado debe aplicar medidas de precaución y
restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de
especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de
los ciclos naturales.5
La norma constitucional, que reconoce los derechos de la naturaleza en
Ecuador, es sumamente amplia y susceptible de diversas interpretaciones. Consecuentemente, a fin de determinar los fundamentos teóricos,
el contenido y alcance de los derechos que detenta la naturaleza, se requiere un desarrollo normativo, jurisprudencial y un verdadero ejercicio
hermenéutico que permita comprender con claridad las implicaciones
político-jurídicas de este nuevo reconocimiento constitucional. No obstante, en estos trece años de vigencia de la Carta Magna, el desarrollo e
interpretación de los derechos de la naturaleza continúa siendo un asunto pendiente.
Si bien en principio, Ecuador cuenta, a partir de 2018, con el Código
Orgánico del Ambiente, esta norma ha sido objeto de demandas de inconstitucionalidad por la supuesta violación a los derechos de la naturaleza, que todavía esperan un pronunciamiento por parte de la Corte
Constitucional.6 En cuanto a las políticas públicas, los gobiernos de
turno han fomentado el extractivismo a gran escala, primero respecto a
la extracción petrolera y actualmente sobre la extracción minera. En lo
referente a la jurisprudencia, existen sentencias plausibles, tanto en vía
4
5
6
Ecuador, CRE, art. 71.
Ecuador, CRE, art. 73 .
Ecuador, Corte Constitucional, caso 22-18-IN: CEDENMA y otros demandan la
inconstitucionalidad de ciertos art. del CODA por: (i) la regresividad de las normas
sobre actividades permitidas en los manglares; (ii) la posibilidad de establecimiento de
monocultivos; (iii) la limitación al derecho de participación ciudadana en materia ambiental; y,
(iv) la imposibilidad de imposición de sanción administrativa en caso de captura de productos
forestales y maderables.
LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA
25
administrativa,7 constitucional8 e incluso civil,9 que han hecho un reconocimiento expreso de los derechos de la naturaleza, aunque sin desarrollar
el contenido de dichos derechos, lo que ha justificado que la actual Corte
Constitucional haya ofrecido pronunciarse al respecto.10
La interrogante que surge en este punto es, ¿Los derechos de la naturaleza han sido desarrollados e interpretados a través del derecho penal?
Este planteamiento será respondido en esta investigación. Efectivamente,
con la entrada en vigor del Código Orgánico Integral Penal –COIP– se
incorporó un capítulo entero dentro del título de los Delitos en particular
denominado “Delitos contra el ambiente y la naturaleza o pacha mama”;
¿Este capítulo implica una simple mención de la naturaleza como bien
jurídico?; ó, por el contrario, ¿Se trata de un cambio de paradigma en el
derecho penal?
A lo largo del primer capítulo de este libro denominado “Avances y desafíos dogmáticos de los delitos contra el ambiente y la naturaleza” se
intentará responder una serie de interrogantes que permitan contribuir
a la dogmática penal ambiental, tales como: ¿Cuál es el bien jurídico que
se protege a través de la tipificación penal ambiental?, ¿Es pertinente
la aplicación de la responsabilidad objetiva y la inversión de la carga de
la prueba en materia penal?, ¿Son constitucionales las leyes penales en
blanco en materia ambiental?, ¿Existe una violación al principio non bis
in ídem cuando se establecen sanciones administrativas y penales por una
misma conducta contaminante?, ¿Puede establecerse la responsabilidad
penal de quien ejecuta actividades contaminantes con base en el dolo
indirecto, el dolo eventual o la culpa?, ¿Cuáles son los fundamentos que
7
8
9
10
Ecuador, Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de
Justicia, proceso N.° 112-2009, Sentencia del 08 de mayo de 2013.
Ecuador, Corte Constitucional, sentencia N.° 166-15-SEP-CC, 20 de mayo 2015; sentencia
N.° 230-1S-SEP-CC, 17 de junio 2018.
Ecuador, Sala Especializada de lo civil y mercantil de la Corte Nacional de Justicia Proceso
706-2010, sentencia de 9 de noviembre de 2012.
Ecuador, Corte Constitucional, caso N.° 502-19-JP, 6 de mayo de 2019; caso N.° 273-19-JP,
21 de octubre de 2019; caso N.° 1149-19-JP; caso N.° 1632-19-JP, 5 de marzo de 2020.
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VIVIANA MORALES NARANJO
permiten determinar la responsabilidad de la persona jurídica que ejecuta actividades contaminantes?, ¿Qué posibilidades existen de detener la
contaminación a través del derecho penal internacional? Las respuestas
a estas y otras interrogantes pueden ser de utilidad para que las futuras
normas y jurisprudencia penal se desarrollen bajo el enfoque ecocéntrico
y biocéntrico que cimienta los derechos de la naturaleza.
Aunque conocer los fundamentos teóricos es una deuda impostergable para todo aquel que persiga la tutela efectiva de los bienes jurídicos
“naturaleza y ambiente”, esta investigación quedaría inconclusa si, al
mismo tiempo, no se explica el aterrizaje de los fundamentos teóricos
en cada uno de los tipos penales ambientales reconocidos por el COIP.
Efectivamente, el segundo capítulo de esta investigación denominado
“Los tipos penales contra el ambiente y la naturaleza: análisis normativo y jurisprudencial” tiene por fin visibilizar el nacimiento, evolución y
los elementos objetivos de cada uno de los delitos contra el ambiente
y la naturaleza. Además, este segundo capítulo explicará las sanciones
concurrentes –administrativas y penales– para cada tipo penal; y, los elementos normativos y leyes penales en blanco aplicables para cada delito.
Finalmente, en aras de analizar el grado de efectividad que ha tenido el
derecho penal ambiental, se realizará un estudio jurisprudencial que refleje la forma en que los jueces penales están interpretando los derechos
de la naturaleza y el derecho a vivir en un ambiente sano.
En definitiva, tomando en cuenta que la Constitución y los instrumentos
internacionales son el timón que dirige al legislador, los jueces y a los
planificadores de políticas públicas, esta investigación analizará si ¿Los
bienes jurídicos “naturaleza y ambiente” se erigieron en intereses jurídicamente protegidos, desde y para servir a las finalidades establecidas
constitucionalmente? Para coadyuvar a resolver esta gran interrogante se
abordarán aspectos de la criminología verde que dan cuenta de la pertinencia o desatino que tuvo el legislador a la hora de tipificar los dieciocho tipos penales ambientales que contempla el actual Código Orgánico
Integral Penal.