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LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA

2021

VIV IANA M OR A LES N AR ANJO LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA El aterrizaje de los derechos de la naturaleza en el derecho penal ecuatoriano CORPORACIÓN DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES Quito, 2021 CORPORACIÓN DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES (CEP) LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA Viviana Morales Naranjo Revisión Departamento Jurídico Editorial - CEP Diagramación Departamento de Diagramación - CEP Impresión Talleres - CEP Derecho de Autor No.: ISBN: Tiraje: Edición: En trámite. En trámite. 1000 Primera. Agosto 2021. Quito - Ecuador La Corporación de Estudios y Publicaciones no se responsabiliza por las opiniones contenidas en esta publicación, que son de exclusiva responsabilidad de su autora. Todos los derechos sobre el contenido de esta obra pertenecen a la Corporación de Estudios y Publicaciones. Prohibida su reproducción total o parcial así como su incorporación a sistemas informáticos, su traducción, comunicación pública, adaptación, arreglo u otra transformación, sin autorización expresa de la Corporación. La versión original del texto que aparece en este libro fue sometida a un proceso de revisión por pares modalidad de ‹‹doble ciego››, conforme a las normas de publicación de esta editorial. Dedicatoria A las defensoras y defensores de la naturaleza, porque cada aleteo de una mariposa termina por sentirse al otro lado del mundo, en el mundo entero. Agradecimiento A la Universidad de Bremen y a la Corporación de Estudios y Publicaciones por permitirme dar vida a esta publicación. Índice Dedicatoria Agradecimiento Prólogo Introducción 5 7 13 23 Capítulo I AVANCES Y DESAFÍOS DOGMÁTICOS PARA LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA El Derecho Penal Ambiental: una mirada desde el constitucionalismo ecocéntrico y biocéntrico 1.1. El aterrizaje de la criminología verde en Ecuador 1.2. La teoría del riesgo desde una perspectiva penal ambiental 1.3. La historia penal ambiental en Ecuador 1.4. La constitucionalización de los delitos contra el ambiente y la naturaleza 1.5. Las características del derecho penal ambiental a la luz del derecho constitucional 2. El bien jurídico protegido en los delitos contra el ambiente y la naturaleza 2.1. La naturaleza como bien jurídico bifurcado 2.2. El fin que persigue el derecho penal ambiental 2.3. Las normas que deben anteceder a la tipificación de los delitos ambientales 3. Las nuevas instituciones del Derecho Constitucional Ambiental y su aterrizaje en el Derecho Penal 3.1. La pertinencia de la responsabilidad objetiva ambiental en materia penal 3.2. La inversión de la carga de la prueba 1. 27 27 31 34 36 37 43 45 48 50 52 52 55 10 VIVIANA MORALES NARANJO 3.3. La imprescriptibilidad de los delitos ambientales 57 3.4. La reparación integral de los daños al ambiente y la naturaleza en materia penal Las imbricaciones entre Derecho Penal y Derecho Administrativo sancionador 4.1. El derecho penal como derecho accesorio al derecho administrativo 4.2. Las debilidades del derecho administrativo para sancionar conductas ambientales 4.3. El bien jurídico protegido en el derecho administrativo sancionador y en el derecho penal 4.4. La violación al principio Non bis in ídem en los tipos penales ambientales 5. Las Leyes Penales en blanco en materia ambiental 5.1. Los conceptos ambientales autorizados por la ley penal en blanco 5.2. Las leyes penales en blanco en el derecho comparado 5.3. Las leyes penales en blanco: ¿Una violación al principio de legalidad? 6. Las diversas tipologías de los delitos contra el ambiente y la naturaleza 6.1. Los delitos ambientales ¿delitos de peligro o de lesión? 6.2. El concurso real e ideal de delitos 6.3. Los delitos conexos 6.4. La problemática de los delitos compuestos 6.5. Los delitos continuados y permanentes 7. El dolo en materia ambiental 7.1. El conocimiento como elemento objetivo del dolo 7.2. El error de tipo como elemento que imposibilita la configuración del dolo 7.3. El error de tipo por desconocimiento de las leyes penales en blanco 59 4. 83 83 84 85 90 94 95 99 100 102 102 113 117 118 119 121 124 125 129 LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 7.4. El error de prohibición en materia ambiental 7.5. El error en la comprensión culturalmente condicionada 7.6. Los delitos culposos en materia ambiental Responsabilidad penal de la persona jurídica por el cometimiento de delitos ambientales 8.1. La pertinencia de la culpa y el dolo como fundamentos de la responsabilidad de la persona jurídica 8.2. Los delitos de omisión dolosa cometidos por la persona jurídica 8.3. La concurrencia de la responsabilidad de personas físicas y jurídicas 8.4. Los delitos en los que cabe la responsabilidad penal de la persona jurídica 8.5. El hombre de atrás: los autores mediatos de la infracción 8.6. La diferencia entre las personas jurídicas que incumplen la normativa y las redes de criminalidad 9. El ecocidio como delito ambiental internacional 9.1. Bien jurídico protegido internacionalmente 11 130 133 138 8. 140 146 152 153 156 157 159 161 165 Capítulo II LOS TIPOS PENALES CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA: ANÁLISIS NORMATIVO Y JURSIPRUDENCIAL 10. Delitos contra la biodiversidad 10.1. Delito de Invasión de áreas de importancia ecológica 10.2. Delito de Incendios forestales y de vegetación 10.3. Delitos contra la flora y fauna silvestres 10.4. Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional 169 169 181 195 216 11. Delitos de acción privada contra animales que forman parte del ámbito para el manejo de la fauna urbana 11.1. Los delitos contra animales como delitos de acción privada 228 228 12 VIVIANA MORALES NARANJO 11.2. Lesiones a animales que formen parte del ámbito de la fauna urbana 11.3. Abuso sexual a animales que forman parte del ámbito de la fauna urbana 11.4. Muerte a animal que forma parte del ámbito de la fauna urbana 11.5. Peleas o combates entre perros u otros animales de fauna urbana 11.6. Abandono de animales de compañía 11.7. Maltrato a animales que forman parte del ámbito de la fauna urbana 12. Delitos contra los recursos naturales 12.1. Delitos contra el agua 12.2. Delitos contra suelo 12.3. Delito de contaminación del aire 13. Delitos contra la gestión ambiental 13.1. Delito de gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas 13.2. Delito de falsedad u ocultamiento de información ambiental 14. Delitos contra los recursos naturales no renovables 14.1. Delitos mineros 14.2. Delitos contra la actividad hidrocarburífera, derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y biocombustibles 231 272 279 279 296 313 329 Anexos Fases del proceso penal en caso de delitos ambientales 441 441 Bibliografía 443 247 257 260 268 329 346 362 362 390 Prólogo Escribir el prólogo de un libro constituye un alto honor y una enorme responsabilidad para el depositario de dicho encargo. En primer término, es considerado un honor, ya que la mera designación de parte de un/a autor/a para prologar su obra, se traduce en un voto de confianza. En este caso en particular, me honra ser quien presente una obra de altísima calidad técnica, fruto de una profunda y rigurosa investigación en un área poco o nada explorada en las ciencias jurídicas en el Ecuador, “Los delitos contra el ambiente y la naturaleza”, de la autora Viviana Morales Naranjo. Viviana Morales Naranjo, es una joven investigadora ecuatoriana que, desde sus inicios en la academia, ha tenido un compromiso con la sociedad a través de su dedicación en los temas de medio ambiente y derechos de la naturaleza. La autora de esta obra, es de las pocas abogadas que le ha apostado a un tema que dentro de las ciencias jurídicas no ha sido prioridad en las mallas de estudio ni en la labor profesional, pero que en los últimos años ha cobrado una relevancia sin precedentes, debido a la crisis ambiental mundial en la que vivimos. En segundo término, quien prologa una obra, tiene la enorme responsabilidad de dar la pauta de entrada de la misma, de presentar lo más relevante, interesante, crítico, y representativo de la obra, para con ello, llamar la atención del lector y seducirlo a profundizar en su estudio. Un hecho que quizá contribuye a este último punto, es que la autora se ha ganado el prestigio académico a nivel nacional e internacional como una investigadora especialista en su materia. La importancia de esta obra radica, en el hecho de que, en la actualidad, todos los países enfrentan el reto de superar los fracasos de proteger al medio ambiente y los derechos de la naturaleza en forma adecuada, pues, una débil reacción normativa y política en los ámbitos nacional e internacional ha provocado el sometimiento de esos derechos ante la 14 VIVIANA MORALES NARANJO economía e intereses de corporaciones. Sobre este aspecto, la encíclica del “Laudato Si” del Papa Francisco, afirma que no pueden prevalecer los intereses de grupos económicos por sobre las fuentes de vida, que hacen falta más controles para evitar daños irreparables a la naturaleza, y el camino a lo que denomina “un suicidio ecológico” del planeta. Sobre dichos controles, en materia normativa, la presente obra presenta contenidos analizados de forma técnica, profunda y detallada. Respecto de los contenidos de la obra, esta se divide en dos capítulos bien concebidos y ordenados sistemáticamente de principio a fin, los cuales revisaremos brevemente a continuación, no sin antes destacar que su orientación sale de los formatos positivistas tradicionales y propone un estudio interdisciplinar entre los derechos ambientales, los derechos de la naturaleza y las ciencias penales. Partiendo con el capítulo I, se introduce la obra con el análisis de “los avances y desafíos dogmáticos para los delitos contra el ambiente y la naturaleza”, aquí la autora parte desde el análisis del derecho penal ambiental en sus enfoques principales: el constitucionalismo ecocéntrico y el biocéntrico. Un análisis desde la criminología y desde la teoría del riesgo desde la perspectiva ambiental, es concebida al enfrentar el derecho del mercado y la comercialización de lo ecológico frente a los riesgos ocultos en contra de la naturaleza y el medio ambiente. Con una soporte estadístico en lo que respecta a procesos penales se muestra la necesidad del estudio y desarrollo de una criminología verde o ecológica, como la base de la identificación y tipificación de nuevas conductas que merecen ser tuteladas por el derecho penal. Uno de los puntos fundamentales de este capítulo, es la sistematización del desarrollo histórico del derecho penal ambiental en el Ecuador desde el año 1976 hasta la actualidad, tarea original y única que no se encuentra en ninguna otra publicación, en especial, desde su enfoque constitucional. En una segunda sección del primer capítulo, es de interés revisar el sustento argumentativo usado para identificar el bien jurídico protegido en LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 15 los delitos contra el ambiente y la naturaleza. Sobre este acápite, la autora no solo se remite al análisis del fin del derecho penal ambiental y del bien jurídico protegido, sino que propone la revisión de normas como antecedente remoto de la tipificación de los delitos ambientales con el fin de lograr su eficacia en el mundo jurídico. Se destaca en esta parte, el buen uso del marco teórico de autores de mucha relevancia en el área penal y su combinación con la construcción legislativa de la protección ambiental producida en la Constitución ecuatoriana de 2008, la cual en su artículo 71 recoge la protección de la “naturaleza o Pacha Mama”, de sus ciclos vitales y estructura, y de su respeto por parte de sujetos individuales y colectivos. Llama la atención en esta sección, la denominación de “bien jurídico bifurcado” a aquella tipificación de delitos en el Código Penal Ecuatoriano, que establece tipos penales con enfoques tanto atropocéntricos (vida humana y salud); como con enfoques ecocéntricos (protección de áreas protegidas); y, hasta con enfoques biocéntricos, en lo que respecta a la protección de animales de fauna urbana. En la tercera sección del primer capítulo, encontramos una propuesta dogmática muy profunda y técnica en lo relativo a las instituciones del derecho constitucional ambiental y las relaciones existentes con el derecho penal, no solo respecto de su pertinencia, sino desde el punto de vista procesal en lo relativo a la carga de la prueba, e incluso desde la reparación integral de los daños al ambiente y la naturaleza, como consecuencia del cometimiento de infracciones penales. Aquí se retoma el análisis histórico de los Códigos Penales e incluso del Código Civil en lo atinente a la responsabilidad penal subjetiva hasta llegar al cambio de paradigma en la teoría penal objetiva o denominada de riesgo, en especial, desde la óptica constitucional ambiental, y administrativa ambiental. Se analiza además los problemas prácticos que enfrenta la Fiscalía para determinar la responsabilidad de los sujetos activos de la infracción, ya que dicha institución busca probar la responsabilidad desde la teoría subjetiva. Lo más interesante, es el aporte e identificación de la “inversión de la carga de la prueba” determinada en el art. 397 de la Constitución, respecto de los potenciales daños ambientales producidos. En la parte atinente a la 16 VIVIANA MORALES NARANJO reparación integral, se analizan sus aristas desde la remediación y restauración, hasta la compensación e indemnización, las garantías de no repetición y las medidas de satisfacción. En la cuarta sección del primer capítulo, el lector podrá revisar otra novedad en lo que tiene que ver con el carácter interdisciplinar de la obra, pues la investigadora con muchísima precisión y sobriedad en su redacción, muestra los puntos de conjunción entre el derecho penal y el derecho administrativo sancionador, verificando tantos sus fortalezas como debilidades, así como su carácter complementario. Se revisa la función accesoria del derecho penal sobre el derecho administrativo, destacando cada una de sus particularidades y diferencias, en especial respecto de el bien jurídico protegido, sus procedimientos y sus sanciones. Se finaliza con la interrogante respecto a las vías más eficaces para evitar daños en materia ambiental y su efectiva reparación, dejando abierta la respuesta, para que el lector o el litigante experto decida la vía más eficaz en el caso concreto. En la quinta sección del primer capítulo, la autora con mucha destreza alerta sobre el riesgo de violar el principio de legalidad a causa de la tipificación de los delitos ambientales con tipos penales en blanco, no solo en la legislación ecuatoriana sino en el ámbito del derecho comparado. Se destaca en esta sección, la necesidad de no tipificar de forma taxativa las infracciones en casos de delitos contra la naturaleza o el medio ambiente, debido a la dificultad que implica una numeración taxativa de las especies de fauna y flora a proteger, ello implicaría según la autora una “petrificación” de la ley penal en esta materia. Es interesante encontrar que este análisis sobre los tipos penales en blanco en materia ambiental y de la naturaleza, puede significar una cobertura o protección mayor de todas las especies silvestres y animales, lo cual evitaría posibles resquicios por parte de sujetos activos que se aprovechan de vacíos legales para cometer infracciones. Se finaliza esta parte, con un buen análisis crítico de la violación al principio de legalidad o no, en el caso de tipos penales en blanco en materia ambiental. LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 17 En la sexta sección del primer capítulo, se realiza un análisis de la diversa tipología de los delitos del ambiente y la naturaleza, y de cómo éstos están concebidos en nuestra legislación, sea por el daño que producen, su conexidad con otros delitos, y respecto de los efectos en el tiempo (delitos continuados o permanentes). Se retoma en esta sección, la discusión de la teoría de la sociedad de riesgo en el mundo y sus avances científicos y tecnológicos en el marco del fenómeno de la globalización. Se presenta con mucha claridad un cuadro que identifica los delitos de peligro abstracto y los delitos de lesión tipificados en el Código Integral Penal del Ecuador (COIP), además de aportar con la descripción de los delitos de peligro concreto, destacando sus elementos propios y sus diferencias. También se analiza lo relativo al concurso real e ideal de los delitos, la conexidad entre los delitos, la problemática de los delitos compuestos, y finalmente, se describen los delitos continuados y permanentes. En la séptima sección del primer capítulo, se analiza todo lo relativo a la responsabilidad penal tanto por dolo como por culpa. Se describe al dolo en materia ambiental y su configuración, y, adicionalmente, se revisan el error de tipo, el error de prohibición y el error de comprensión culturalmente condicionada. Sobre estos temas, la autora destaca la importancia de identificar el grado de conocimiento del sujeto activo de la infracción respecto del hecho punible cometido, y de las circunstancias que lo llevaron a cometer dicha conducta, así como de los riesgos de dicho comportamiento. Las dos últimas secciones de este capítulo, ocho y nueve, se reservan para el estudio de dos temas que han dejado de ser propuestas teóricas y temas de debate académicos para convertirse en realidades normativas a nivel nacional e internacional, y que tienen que ver con la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el cometimiento de delitos ambientales y el denominado ecocidio ambiental. Estos capítulos, despejarán toda duda al lector respecto de la protección del medio ambiente y derechos de la naturaleza desde el ámbito internacional, tanto público como privado. La autora revisa el desarrollo histórico de estos tipos penales en la legislación ecuatoriana, desde el aparecimiento de la responsabilidad de 18 VIVIANA MORALES NARANJO las personas jurídicas en la Constitución de 1998 y su tipificación en el COIP en el año 2014, en el marco de los avances en España y Francia. Se muestra un cuadro, en el que se reflejan las multas de carácter administrativo y las multas penales como consecuencia de infracciones en contra del bien jurídico naturaleza y medio ambiente. Otro aspecto de trascendencia en esta sección, es el análisis de la dimensión internacional del derecho ambiental, la tipificación de delitos a nivel transnacional por ser considerados como parte de “delincuencia organizada internacional o transnacional”. Finalmente, se revisa la concurrencia de responsabilidad entre personas físicas y personas jurídicas, aquí se presentan varios casos internacionales respecto de la responsabilidad penal de empresas juzgadas en los Estados Unidos. El capítulo dos de la obra describe con mucho detalle todo lo relativo a los tipos penales en contra del ambiente y de la naturaleza, desde un enfoque normativo y jurisprudencial, con lo cual se muestra la teoría y la práctica judicial en dicha materia. Se pone de manifiesto la importancia de proteger la biodiversidad en el mundo, tomando en cuenta que el Ecuador es uno de los países con mayor mega diversidad por sus especies endémicas, hábitats en relación a su extensión territorial. En la sección diez del capítulo dos, la autora detalla de forma precisa y ordenada todos los delitos en contra de la biodiversidad, empezando con los delitos denominados de invasión de áreas de importancia ecológica, los delitos de incendio forestal, los delitos contra la flora y fauna, hasta llegar a los delitos en contra del patrimonio genético nacional. Se analizan los elemento del tipo penal en el caso de la protección de áreas como parques nacionales, reservas marinas, reservas ecológicas, reservas biológicas, reservas de producción de flora y fauna, refugios de vida silvestre, reservas geobotánicas, y ecosistemas frágiles. Se retoma el debate de los delitos penales en blanco y sus efectos, y se citan varias sentencias, entre ellas, una sentencia del cantón Rumiñahui sobre la caza de venados en la reserva ecológica del Antisana, como un precedente importante en la protección del medio ambiente. LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 19 En este capítulo, también se encuentra la sección once de la obra, la cual continua con el análisis de los tipo penales, pero está vez en contra de los animales como sujetos pasivos de las infracciones penales. Es así como se describe el tipo de lesiones y abusos que pueden sufrir los animales y la responsabilidad penal de los sujetos activos del dichos delitos, incluyéndose tipos penales como el uso de animales para combates, el abandono de animales, y su maltrato. En esta parte, la autora critica que los delitos y contravenciones contra los animales sean considerados como delitos de acción privada, tomando en cuenta que la protección del ambiente es de carácter público. Se recuerda el deber estatal de promover políticas públicas que incentiven a las personas naturales y jurídicas a proteger la naturaleza y todos sus ecosistemas. Un aporte importante en toda la obra y en esta parte en específico, sigue siendo el análisis del desarrollo histórico de los tipos penales relacionados con el maltrato animal. También se complementa el estudio con la revisión del derecho administrativo sancionador relativo a la protección animal. La sección doce del capítulo dos, integra tres temas de actual vigencia y de necesario estudio como son: los delitos contra el agua, los delitos contra el suelo, y los delitos de contaminación del aire. Sin duda esta sección, destaca la importancia de proteger al agua como un derecho fundamental y de implementar todo tipo de garantías normativas y procesales para lograr dicho objetivo. Se muestra con cifras de organismos internacionales el hecho de que un 30% de la población mundial no puede acceder al agua de forma segura, lo cual produce consecuencias serias en la salud y en la vida de las personas, pues se estima que entre tres mil y cuatro mil niños mueren al día por falta de agua potable. También se afirma que en el Ecuador existe una triple protección al derecho al agua, pues la Constitución la estipula como un derecho humano, como un medio de garantizar los derechos de la naturaleza, y como parte de un sector estratégico del ámbito económico. Adicionalmente, se revisa la importancia actual en el ámbito del derecho internacional público, como parte de los objetivos de desarrollo sostenible -ODS, de Naciones Unidas. 20 VIVIANA MORALES NARANJO La sección trece del libro, hace una análisis especializado de los delitos mineros como aquellos delitos en contra de los recursos no renovables. Se analizan delitos por la gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas que producen daños en el medio ambiente. Como es constante en esta obra, la autora nos ilustra los distintos tipos penales de esta sección con casos reales ocurridos en el país. No se deja de lado el análisis del derecho administrativo sancionador respecto de los delitos mineros, y alerta al lector de que este es un ámbito complementario y eficaz para la adecuada protección del ambiente. En esta parte es importante la descripción de las auditorías y diagnósticos ambientales como evidencia del grado de cumplimiento y observancia por parte de los operadores ambientales, también se revisa lo relativo a los permisos y licencias ambientales, su aprovechamiento y sus límites. Finalmente, el capítulo dos, nos muestra la última sección de la obra. La sección catorce revisa todo lo relativo a la actividad hidrocarburífera, derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y biocombustible. Ese sección revisa todo el desarrollo histórico de la actividad petrolera con relación al medio ambiente, las implicaciones de las actividades de explotación y los impactos en las zonas de gran biodiversidad. También se combina el análisis del derecho penal con el derecho administrativo sancionador. En esta parte, se encuentra una gran cantidad de resoluciones y normas relativas a la explotación ambiental, así como sentencias de la Corte Constitucional ecuatoriana relativas al comiso de bienes, y otras sentencias de jueces de lo penal que sirven de precedente en los tipos penales analizados. En la parte de anexos, como corolario, pero como complemento a esta investigación, la autora aporta con los elementos procesales necesarios para el litigio en materia ambiental, mostrando las fases del proceso en el caso de delitos ambientales. De todo lo relatado de forma muy sucinta, se puede concluir que la obra es bastante completa en lo que se refiere al análisis pormenorizado de los delitos en contra del medio ambiente y de la naturaleza, su enfoque es único, ya que le permite al lector tener una idea global y multidisciplinar LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 21 de cada uno de los temas aquí abordados. Sin duda, este trabajo, se convertirá en un referente no solo a nivel nacional sino internacional en lo relativo al análisis dogmático y casuístico de los tipos penales ambientales. Su lectura sencilla y clara permite al neófito del derecho penal, constitucional o administrativo empezar un estudio desde la base conceptual de cada materia y sus estrechas conexiones relativas a los temas ambientales y de derechos de la naturaleza. Como un lector, un académico e investigador del mundo del derecho, me permito recomendar la presente obra para la lectura, la consulta y el uso en el litigio estratégico en material ambiental, ya que dota de las herramientas principales que necesita un abogado en libre ejercicio, un estudiante del derecho, o un académico para solventar sus dudas. Agradezco a la autora no solo por permitirme realizar el presente prólogo, sino por darme la primicia en la lectura de su texto, que desde mi punto de vista resultó muy enriquecedor y placentero. Le auguro el mejor de los éxitos profesionales a Viviana Morales Naranjo, estoy convencido de que su aporte académico será muy valorado dentro de la comunidad científica internacional. ¡En hora buena por este singular y original aporte! Alex Iván Valle Franco Docente e investigador jurídico Quito, 10 de julio de 2021 Introducción Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, lo que implica que hay un ordenamiento jurídico en el que los poderes públicos –legisladores, jueces y planificadores de políticas públicas– están obligados, tanto formal como materialmente, al cumplimiento de los principios y derechos reconocidos en la Constitución y al respeto irrestricto de la división de funciones.1 La Carta Magna ecuatoriana marcó un hito jurídico mundial al consagrar principios como la igualdad de los derechos constitucionales2 y su directa aplicación por parte de cualquier servidor público.3 Además, la Constitución se caracteriza por reconocer derechos novísimos como los derechos colectivos de los pueblos indígenas y los derechos de la naturaleza. Desde el punto de vista jurídico, hasta antes del año 2008, la naturaleza era vista únicamente como un medio para garantizar derechos humanos como el derecho a la salud o el derecho a vivir en un ambiente sano. Tras una lucha histórica por parte del Movimiento ecuatoriano en defensa de la naturaleza conformado por el Movimiento indígena, campesinos, animalistas y ecologistas, finalmente en 2008, convergió la coyuntura política y jurídica para que la Constitución de Montecristi incluya una disposición que reza: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos(...). 1 2 3 Luigi Ferrajoli, “Pasado y futuro del Estado de Derecho”, en Neoconstitucionalismo(s), ed Miguel Carbonell, (Madrid: Trotta, 2003), 13. Ecuador, CRE, art. 11#6: Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía. Ecuador, CRE, art. 11#3: Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte. 24 VIVIANA MORALES NARANJO El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema”.4 Además, la norma suprema ratifica que el Estado debe aplicar medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.5 La norma constitucional, que reconoce los derechos de la naturaleza en Ecuador, es sumamente amplia y susceptible de diversas interpretaciones. Consecuentemente, a fin de determinar los fundamentos teóricos, el contenido y alcance de los derechos que detenta la naturaleza, se requiere un desarrollo normativo, jurisprudencial y un verdadero ejercicio hermenéutico que permita comprender con claridad las implicaciones político-jurídicas de este nuevo reconocimiento constitucional. No obstante, en estos trece años de vigencia de la Carta Magna, el desarrollo e interpretación de los derechos de la naturaleza continúa siendo un asunto pendiente. Si bien en principio, Ecuador cuenta, a partir de 2018, con el Código Orgánico del Ambiente, esta norma ha sido objeto de demandas de inconstitucionalidad por la supuesta violación a los derechos de la naturaleza, que todavía esperan un pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional.6 En cuanto a las políticas públicas, los gobiernos de turno han fomentado el extractivismo a gran escala, primero respecto a la extracción petrolera y actualmente sobre la extracción minera. En lo referente a la jurisprudencia, existen sentencias plausibles, tanto en vía 4 5 6 Ecuador, CRE, art. 71. Ecuador, CRE, art. 73 . Ecuador, Corte Constitucional, caso 22-18-IN: CEDENMA y otros demandan la inconstitucionalidad de ciertos art. del CODA por: (i) la regresividad de las normas sobre actividades permitidas en los manglares; (ii) la posibilidad de establecimiento de monocultivos; (iii) la limitación al derecho de participación ciudadana en materia ambiental; y, (iv) la imposibilidad de imposición de sanción administrativa en caso de captura de productos forestales y maderables. LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA 25 administrativa,7 constitucional8 e incluso civil,9 que han hecho un reconocimiento expreso de los derechos de la naturaleza, aunque sin desarrollar el contenido de dichos derechos, lo que ha justificado que la actual Corte Constitucional haya ofrecido pronunciarse al respecto.10 La interrogante que surge en este punto es, ¿Los derechos de la naturaleza han sido desarrollados e interpretados a través del derecho penal? Este planteamiento será respondido en esta investigación. Efectivamente, con la entrada en vigor del Código Orgánico Integral Penal –COIP– se incorporó un capítulo entero dentro del título de los Delitos en particular denominado “Delitos contra el ambiente y la naturaleza o pacha mama”; ¿Este capítulo implica una simple mención de la naturaleza como bien jurídico?; ó, por el contrario, ¿Se trata de un cambio de paradigma en el derecho penal? A lo largo del primer capítulo de este libro denominado “Avances y desafíos dogmáticos de los delitos contra el ambiente y la naturaleza” se intentará responder una serie de interrogantes que permitan contribuir a la dogmática penal ambiental, tales como: ¿Cuál es el bien jurídico que se protege a través de la tipificación penal ambiental?, ¿Es pertinente la aplicación de la responsabilidad objetiva y la inversión de la carga de la prueba en materia penal?, ¿Son constitucionales las leyes penales en blanco en materia ambiental?, ¿Existe una violación al principio non bis in ídem cuando se establecen sanciones administrativas y penales por una misma conducta contaminante?, ¿Puede establecerse la responsabilidad penal de quien ejecuta actividades contaminantes con base en el dolo indirecto, el dolo eventual o la culpa?, ¿Cuáles son los fundamentos que 7 8 9 10 Ecuador, Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, proceso N.° 112-2009, Sentencia del 08 de mayo de 2013. Ecuador, Corte Constitucional, sentencia N.° 166-15-SEP-CC, 20 de mayo 2015; sentencia N.° 230-1S-SEP-CC, 17 de junio 2018. Ecuador, Sala Especializada de lo civil y mercantil de la Corte Nacional de Justicia Proceso 706-2010, sentencia de 9 de noviembre de 2012. Ecuador, Corte Constitucional, caso N.° 502-19-JP, 6 de mayo de 2019; caso N.° 273-19-JP, 21 de octubre de 2019; caso N.° 1149-19-JP; caso N.° 1632-19-JP, 5 de marzo de 2020. 26 VIVIANA MORALES NARANJO permiten determinar la responsabilidad de la persona jurídica que ejecuta actividades contaminantes?, ¿Qué posibilidades existen de detener la contaminación a través del derecho penal internacional? Las respuestas a estas y otras interrogantes pueden ser de utilidad para que las futuras normas y jurisprudencia penal se desarrollen bajo el enfoque ecocéntrico y biocéntrico que cimienta los derechos de la naturaleza. Aunque conocer los fundamentos teóricos es una deuda impostergable para todo aquel que persiga la tutela efectiva de los bienes jurídicos “naturaleza y ambiente”, esta investigación quedaría inconclusa si, al mismo tiempo, no se explica el aterrizaje de los fundamentos teóricos en cada uno de los tipos penales ambientales reconocidos por el COIP. Efectivamente, el segundo capítulo de esta investigación denominado “Los tipos penales contra el ambiente y la naturaleza: análisis normativo y jurisprudencial” tiene por fin visibilizar el nacimiento, evolución y los elementos objetivos de cada uno de los delitos contra el ambiente y la naturaleza. Además, este segundo capítulo explicará las sanciones concurrentes –administrativas y penales– para cada tipo penal; y, los elementos normativos y leyes penales en blanco aplicables para cada delito. Finalmente, en aras de analizar el grado de efectividad que ha tenido el derecho penal ambiental, se realizará un estudio jurisprudencial que refleje la forma en que los jueces penales están interpretando los derechos de la naturaleza y el derecho a vivir en un ambiente sano. En definitiva, tomando en cuenta que la Constitución y los instrumentos internacionales son el timón que dirige al legislador, los jueces y a los planificadores de políticas públicas, esta investigación analizará si ¿Los bienes jurídicos “naturaleza y ambiente” se erigieron en intereses jurídicamente protegidos, desde y para servir a las finalidades establecidas constitucionalmente? Para coadyuvar a resolver esta gran interrogante se abordarán aspectos de la criminología verde que dan cuenta de la pertinencia o desatino que tuvo el legislador a la hora de tipificar los dieciocho tipos penales ambientales que contempla el actual Código Orgánico Integral Penal.