Administración Pública Local

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Administración pública

Sobre nosotros

La Constitución garantiza la autonomía de los municipios, que gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo. De acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los municipios y las provincias gozan de la calidad de Administraciones públicas de carácter territorial. Gozan, asimismo, de la condición de Entidades Locales las comarcas, las áreas metropolitanas y las mancomunidades de municipios, entre otros. Esta página no está gestionada, avalada o asociada de forma oficial a ninguna Administración pública.

Sitio web
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
Sector
Administración pública
Tamaño de la empresa
Más de 10.001 empleados
Sede
28010
Tipo
Agencia gubernamental
Especialidades
Administración Pública, Derecho Público y Derecho Administrativo

Ubicaciones

Empleados en Administración Pública Local

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