La gran pregunta, más allá de la conveniencia y proporcionalidad de las medidas adoptadas, es no sólo quién debe hacer frente a los perjuicios económicos ocasionados por las mismas, sino cómo y quién ha de cuantificar las cantidades a reclamar.
Desde marzo de 2020, la COVID 19 ha sacudido los cimientos de nuestro modo de vida en todos los órdenes. Pero sin duda alguna, una de las consecuencias más acuciantes de la pandemia, son los efectos que sobre nuestro sistema económico y su estructura empresarial han tenido las medidas restrictivas de la actividad económica aplicadas por la Administración en pos del control de la expansión de la enfermedad.
El cierre de las actividades no esenciales durante el confinamiento acaecido en el segundo trimestre de 2020 y las posteriores disposiciones de limitación de movimiento, aforo y horarios que han afectado a todos los sectores de la economía, y especialmente, al turístico, al ocio y la hostelería, han ocasionado cuantiosas pérdidas a todo tipo de negocios, que, en unos casos, se han visto abocados a la desaparición y en otros a ver mermadas sustancialmente sus posibilidades de supervivencia.
En este estado de cosas, la gran pregunta, más allá de la conveniencia y proporcionalidad de las medidas adoptadas, es no sólo quién debe hacer frente a los perjuicios económicos ocasionados por las mismas sino cómo y quién ha de cuantificar las cantidades a reclamar.
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Carmen Mencía Bastanchuri
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