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Document 62008CA0347

Asunto C-347/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de septiembre de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Feldkirch — Austria) — Vorarlberger Gebietskrankenkasse/WGV-Schwäbische Allgemeine Versicherungs AG [Reglamento (CE) n o  44/2001 — Artículos 9, apartado 1, letra b), y 11, apartado 2 — Competencia en materia de seguros — Accidente de circulación — Subrogación ex lege en los derechos de la víctima en beneficio de un organismo de seguridad social — Acción de reembolso contra el asegurador de la persona supuestamente responsable — Objetivo de protección de la parte más débil]

DO C 267 de 7.11.2009, p. 22–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.11.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 267/22


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de septiembre de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Feldkirch — Austria) — Vorarlberger Gebietskrankenkasse/WGV-Schwäbische Allgemeine Versicherungs AG

(Asunto C-347/08) (1)

(Reglamento (CE) no 44/2001 - Artículos 9, apartado 1, letra b), y 11, apartado 2 - Competencia en materia de seguros - Accidente de circulación - Subrogación ex lege en los derechos de la víctima en beneficio de un organismo de seguridad social - Acción de reembolso contra el asegurador de la persona supuestamente responsable - Objetivo de protección de la parte más débil)

2009/C 267/38

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesgericht Feldkirch

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Vorarlberger Gebietskrankenkasse

Demandada: WGV-Schwäbische Allgemeine Versicherungs AG

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Landesgericht Feldkirch — Interpretación de los artículos 9, apartado 1, letra b), y 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1) — Competencia en materia de seguros — Acción interpuesta en virtud de una subrogación legal por un organismo de la seguridad social ante un tribunal del lugar de establecimiento de dicho organismo contra un asegurador establecido en el territorio de otro Estado miembro

Fallo

La remisión que realiza el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, al artículo 9, apartado 1, letra b), de éste debe interpretarse en el sentido de que un organismo de seguridad social, subrogado ex lege en los derechos de la persona directamente perjudicada en un accidente de circulación, no puede entablar una acción directa ante los tribunales del Estado miembro en que está sito su establecimiento contra la entidad aseguradora de la persona supuestamente responsable del citado accidente, que tiene su domicilio en otro Estado miembro.


(1)  DO C 272, de 25.10.2008.


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