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Diferencia entre revisiones de «Juez de paz (Perú)»

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Los Juzgados de Paz constituyen el menor nivel jerárquico en que se encuentra organizado el [[Poder Judicial del Perú|Poder Judicial]].
Los Juzgados de Paz constituyen el menor nivel jerárquico en que se encuentra organizado el [[Poder Judicial del Perú|Poder Judicial]]. Estas instituciones peruanas se originaron en la década de 1820.<ref>{{Cita publicación|url=https://revistas.onpe.gob.pe/index.php/elecciones/article/view/177|título=Jueces de paz del Perú. Perfil, modalidades y contextos de elección durante los siglos XIX, XX y XXI|apellidos=Escobedo Sánchez|nombre=Jaime|fecha=2016-12-30|publicación=Revista Elecciones|volumen=15|número=16|páginas=119–144|fechaacceso=2024-09-14|issn=1995-6290|doi=10.53557/Elecciones.2016.v15n16.06}}</ref>


Cada [[distrito]] del país cuenta con un juzgado de paz. Sin embargo existen juzgados que, atendiendo a motivos de carga procesal, engloban más de un distrito; así como distritos que, por los mismos motivos, tienen más de un juzgado de paz.
Cada [[distrito]] del país cuenta con un juzgado de paz. Sin embargo, existen juzgados que, atendiendo a motivos de carga procesal, engloban más de un distrito; así como distritos que, por los mismos motivos, tienen más de un juzgado de paz.


Los juzgados de paz tienen competencia sobre temas de menor cuantía o de menor gravedad (sólo faltas penales, no pueden conocer delitos) y no se subdividen en especialidades grandes.
Los juzgados de paz tienen competencia sobre temas de menor cuantía o de menor gravedad (sólo faltas penales, no pueden conocer delitos) y no se subdividen en especialidades grandes.
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* '''Juzgados de Paz '''(anteriormente llamado "Juzgado de Paz no Letrado"): En los que el juez no es abogado sino un ciudadano que goce de prestigio. Este juez no se encuentra obligado a aplicar el derecho nacional sino también su criterio de justicia y equidad. Este tipo de juzgados solo existen en localidades alejadas que no tienen fácil acceso o no están comprendidas dentro de la competencia de un juzgado de paz letrado. Contra lo resuelto por el juez de paz cabe la interposición de un medio impugnatorio ante el juez de paz letrado.
* '''Juzgados de Paz '''(anteriormente llamado "Juzgado de Paz no Letrado"): En los que el juez no es abogado sino un ciudadano que goce de prestigio. Este juez no se encuentra obligado a aplicar el derecho nacional sino también su criterio de justicia y equidad. Este tipo de juzgados solo existen en localidades alejadas que no tienen fácil acceso o no están comprendidas dentro de la competencia de un juzgado de paz letrado. Contra lo resuelto por el juez de paz cabe la interposición de un medio impugnatorio ante el juez de paz letrado.


En los casos que conocen los Juzgados de Paz, los [[medios impugnatorios]] los conocen, como segunda instancia, los Juzgados de Paz Letrados, mientras que las impugnaciones a los casos que conocen estos son vistas por los [[Juzgados de Primera Instancia en el Perú|Juzgados de Primera Instancia]].
En los casos que conocen los Juzgados de Paz, los [[medios impugnatorios]] los conocen, como segunda instancia, los Juzgados de Paz Letrados, mientras que las impugnaciones a los casos que conocen estos son vistas por los [[Juzgados de primera instancia en el Perú|Juzgados de Primera Instancia]].


== Funciones y atribuciones ==
== Funciones y atribuciones ==
Interviene como conciliador y contribuye a que las personas resuelvan sus
Interviene como conciliador y contribuye a que las personas resuelvan sus
conflictos de modo directo. De no llegar a un acuerdo, el Juez de Paz podría
conflictos de modo directo. De no llegar a un acuerdo, el juez de paz podría
dictar sentencia judicial.
dictar sentencia judicial.
Por lo general, el juez de paz no requiere ser abogado para ejercer el cargo
Por lo general, el juez de paz no requiere ser abogado para ejercer el cargo
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== Requisitos ==
== Requisitos ==
Los candidatos a juez de paz, que pueden reelegirse cada cuatro años, deben reunir los siguientes requisitos:
'''¿Quiénes pueden ser jueces de paz?'''


* Ser peruano de nacimiento y mayor de 25 años.
Los candidatos a Juez de Paz deben reunir los siguientes requisitos:
* Acreditar que reside por más de tres años continuos en la circunscripción a la que postula.
1. Ser peruano de nacimiento y mayor de 25 años.
* Saber leer y escribir.
2. Acreditar que reside por más de tres años continuos en la circunscripción
* No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.
a la que postula.
* Tener ocupación conocida.
3. Saber leer y escribir.
* Tener dominio, además del castellano de la lengua que predomine en el lugar donde va a ejercer el cargo.
4. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.
* Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad.
5. Tener ocupación conocida.
6. Tener dominio, además del castellano de la lengua que predomine en el
lugar donde va a ejercer el cargo.
7. Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad.
El período de sus funciones tiene una duración de cuatro años pudiendo ser
reelegido.
Los jueces de paz son apoyados por magistrados, funcionarios y demás
integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Policía Nacional, los
gobiernos locales y regionales.

== Enlaces externos ==
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuperior/Lima/archivos-subidos/FUNCIONES%20Y%20ATRIBUCIONES.pdf

http://www.justiciaviva.org.pe/publica/manual_del_juez_jueza_depaz.pdf


== Referencias ==
{{Listaref}}
== Bibliografía ==
== Bibliografía ==
1. ARDITO VEGA Wilfredo e Yván MONTOYA VIVANCO. Manual para jueces de paz. Programa Nacional de Justicia de Paz. Instituto de Defensa Legal 2da. Edición, Lima, Marzo 2004.


2. ARDITO VEGA, Wilfredo. Con los aportes de Norma Gálvez, Carlos Ponce, Carlos Romero y Marco Antonio Aimaretti y Jaime Vintimilla. Manual de Derechos Humanos Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, Febrero 2004.
* ARDITO VEGA Wilfredo e Yván MONTOYA VIVANCO. Manual para jueces de paz. Programa Nacional de Justicia de Paz. [[Instituto de Defensa Legal]] 2da. Edición, [[Lima]], marzo de 2004.
* ARDITO VEGA, Wilfredo. Con los aportes de Norma Gálvez, Carlos Ponce, Carlos Romero y Marco Antonio Aimaretti y Jaime Vintimilla. Manual de [[Derechos humanos|Derechos Humanos]] Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, febrero de 2004.
* LA ROSA CALLE, Javier. Manual de Conciliación. Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, 2003.
* LA ROSA CALLE, Javier. Acceso a la justicia. Elementos para incorporar un enfoque de política pública. En: Acceso a la justicia en el mundo rural. Javier LA ROSA CALLE (editor) Instituto de Defensa Legal, Lima, 2007.
* LOVATÓN PALACIOS, David y Wilfredo ARDITO VEGA. Justicia de Paz. Nuevas tendencias y tareas pendientes. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2002.
* LOVATÓN PALACIOS, David y AA.VV. La justicia de paz en los andes. Estudio regional. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2005.
* RUIZ MOLLEDA. Juan. Manual de acceso a la justicia para líderes y liderezas sociales. Consorcio Justicia Viva, Lima, 2006.
* PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Casos prácticos para la reflexión en cursos y talleres sobre Justicia de Paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.Impreso.
* PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Selección de normas legales para jueces de paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.


== Enlaces externos ==
3. LA ROSA CALLE, Javier. Manual de Conciliación. Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, 2003.
* [http://historico.pj.gob.pe/CorteSuperior/Lima/archivos-subidos/FUNCIONES%20Y%20ATRIBUCIONES.pdf Funciones y atribuciones] {{Wayback|url=http://historico.pj.gob.pe/CorteSuperior/Lima/archivos-subidos/FUNCIONES%20Y%20ATRIBUCIONES.pdf |date=20150807114823 }}

* [https://web.archive.org/web/20170918034358/http://www.justiciaviva.org.pe/publica/manual_del_juez_jueza_depaz.pdf Manual de juez o jueza de paz]
4. LA ROSA CALLE, Javier. Acceso a la justicia. Elementos para incorporar un enfoque de política pública. En: Acceso a la justicia en el mundo rural. Javier LA ROSA CALLE (editor) Instituto de Defensa Legal, Lima, 2007.
{{Control de autoridades}}

5. LOVATÓN PALACIOS, David y Wilfredo ARDITO VEGA. Justicia de Paz. Nuevas tendencias y tareas pendientes. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2002.

6. LOVATÓN PALACIOS, David y AA.VV. La justicia de paz en los andes. Estudio regional. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2005.

7. RUIZ MOLLEDA. Juan. Manual de acceso a la justicia para líderes y liderezas sociales. Consorcio Justicia Viva, Lima, 2006.

8. PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Casos prácticos para la reflexión en cursos y talleres sobre Justicia de Paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.Impreso.

9. PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Selección de normas legales para jueces de paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.

== Referencias ==
{{Listaref}}
[[Categoría:Poder Judicial de Perú]]
[[Categoría:Poder Judicial de Perú]]

Revisión actual - 00:24 14 sep 2024

Juzgado de Paz letrado ubicado en el distrito de Comas[1]

Los Juzgados de Paz constituyen el menor nivel jerárquico en que se encuentra organizado el Poder Judicial. Estas instituciones peruanas se originaron en la década de 1820.[2]

Cada distrito del país cuenta con un juzgado de paz. Sin embargo, existen juzgados que, atendiendo a motivos de carga procesal, engloban más de un distrito; así como distritos que, por los mismos motivos, tienen más de un juzgado de paz.

Los juzgados de paz tienen competencia sobre temas de menor cuantía o de menor gravedad (sólo faltas penales, no pueden conocer delitos) y no se subdividen en especialidades grandes.

Clasificación

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Los juzgados de paz se dividen en dos tipos:

  • Juzgados de Paz Letrados : En los que el juez es un abogado y resuelve aplicando el derecho nacional.
  • Juzgados de Paz (anteriormente llamado "Juzgado de Paz no Letrado"): En los que el juez no es abogado sino un ciudadano que goce de prestigio. Este juez no se encuentra obligado a aplicar el derecho nacional sino también su criterio de justicia y equidad. Este tipo de juzgados solo existen en localidades alejadas que no tienen fácil acceso o no están comprendidas dentro de la competencia de un juzgado de paz letrado. Contra lo resuelto por el juez de paz cabe la interposición de un medio impugnatorio ante el juez de paz letrado.

En los casos que conocen los Juzgados de Paz, los medios impugnatorios los conocen, como segunda instancia, los Juzgados de Paz Letrados, mientras que las impugnaciones a los casos que conocen estos son vistas por los Juzgados de Primera Instancia.

Funciones y atribuciones

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Interviene como conciliador y contribuye a que las personas resuelvan sus conflictos de modo directo. De no llegar a un acuerdo, el juez de paz podría dictar sentencia judicial. Por lo general, el juez de paz no requiere ser abogado para ejercer el cargo porque, preferentemente, resuelve de acuerdo al sentido común y en equidad a fin de restablecer los vínculos vecinales y mantener la paz social. Los jueces de paz son importantes en la comunidad porque se mantienen como una gran opción para resolver conflictos y para que se sancionen o corrijan diversos actos.

El Juez de Paz tiene las facultades de:

1. Conciliar con equidad. Es decir, propone alternativas de solución a las partes con el objetivo de facilitar un arreglo. Sin embargo, le está prohibido imponer un acuerdo.

2. Función jurisdiccional. Quiere decir que de no lograr la conciliación ejerce funciones jurisdiccionales y por lo tanto puede emitir sentencia. El juez se pronuncia según su leal saber y entender, debidamente motivada y no siendo obligatorio fundamentarla jurídicamente. Su alcance abarca la materia penal y civil, así como en cuantías, espacio y territorio.

• En cuanto a lo Civil, acoge casos de alimentación, desalojos e interdictos. Sin embargo, no puede fallar en temas de vínculo matrimonial, nulidad de actos jurídicos y contratos, declaratoria de herederos, derechos de sucesión, testamentos y derechos constitucionales. Asimismo en causas civiles, los Jueces de Paz tienen competencia para intervenir en conflictos patrimoniales de menor cuantía y en casos que versen sobre derechos de libre disponibilidad de las partes. Partiendo de la premisa de que sea posible estimar patrimonialmente la demanda que se presenta en el despacho el juez de paz. Cuando no se pueda determinar la cuantía de la demanda, el juez de paz carece de competencia para conocer el caso y deberá derivarlo al juez especializado. • En lo Penal, puede imponer sanciones con servicios a la comunidad y multas por faltas contra la persona, contra el patrimonio (robo), contra las buenas costumbres y contra la tranquilidad y la seguridad pública. También tiene la facultad de detener a una persona hasta por 24 horas, para luego formular la denuncia correspondiente, de ser el caso, al Ministerio Público.

Requisitos

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Los candidatos a juez de paz, que pueden reelegirse cada cuatro años, deben reunir los siguientes requisitos:

  • Ser peruano de nacimiento y mayor de 25 años.
  • Acreditar que reside por más de tres años continuos en la circunscripción a la que postula.
  • Saber leer y escribir.
  • No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.
  • Tener ocupación conocida.
  • Tener dominio, además del castellano de la lengua que predomine en el lugar donde va a ejercer el cargo.
  • Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad.

Referencias

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  1. «NUESTRA HISTORIA- Corte superior lima norte». Consultado el 2010. 
  2. Escobedo Sánchez, Jaime (30 de diciembre de 2016). «Jueces de paz del Perú. Perfil, modalidades y contextos de elección durante los siglos XIX, XX y XXI». Revista Elecciones 15 (16): 119-144. ISSN 1995-6290. doi:10.53557/Elecciones.2016.v15n16.06. Consultado el 14 de septiembre de 2024. 

Bibliografía

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  • ARDITO VEGA Wilfredo e Yván MONTOYA VIVANCO. Manual para jueces de paz. Programa Nacional de Justicia de Paz. Instituto de Defensa Legal 2da. Edición, Lima, marzo de 2004.
  • ARDITO VEGA, Wilfredo. Con los aportes de Norma Gálvez, Carlos Ponce, Carlos Romero y Marco Antonio Aimaretti y Jaime Vintimilla. Manual de Derechos Humanos Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, febrero de 2004.
  • LA ROSA CALLE, Javier. Manual de Conciliación. Red Andina de Justicia de Paz y Justicia Comunitaria, Instituto de Defensa Legal, Lima, 2003.
  • LA ROSA CALLE, Javier. Acceso a la justicia. Elementos para incorporar un enfoque de política pública. En: Acceso a la justicia en el mundo rural. Javier LA ROSA CALLE (editor) Instituto de Defensa Legal, Lima, 2007.
  • LOVATÓN PALACIOS, David y Wilfredo ARDITO VEGA. Justicia de Paz. Nuevas tendencias y tareas pendientes. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2002.
  • LOVATÓN PALACIOS, David y AA.VV. La justicia de paz en los andes. Estudio regional. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2005.
  • RUIZ MOLLEDA. Juan. Manual de acceso a la justicia para líderes y liderezas sociales. Consorcio Justicia Viva, Lima, 2006.
  • PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Casos prácticos para la reflexión en cursos y talleres sobre Justicia de Paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.Impreso.
  • PROGRAMA NACIONAL DE JUECES DE PAZ. Selección de normas legales para jueces de paz. Instituto de Defensa Legal, Lima, 2004.

Enlaces externos

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